Plazo por confirmar Plazo por confirmar · consúltalo en las bases

Resolución de 6 de julio de 2026 Formación profesional Sector Aeroespacial Linea 1 Personas trabajadoras desempleadas, en modalidad presencial

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO · ANDALUCÍA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una resolución de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía que convoca subvenciones para acciones de formación profesional para el empleo en el sector aeroespacial (Línea 1), en modalidad presencial. Se concede en régimen de concurrencia competitiva, al amparo de la Orden de 3 de noviembre de 2023 que regula las bases reguladoras de este tipo de ayudas en materia de formación profesional para el empleo. La dotación asociada a esta convocatoria asciende a 1.035.242,80 euros.

02

Para quién

Pueden optar entidades y organizaciones que impartan la formación: grandes empresas, pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica, así como personas físicas y jurídicas sin actividad económica. La formación resultante está dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas.

03

Qué cubre

La subvención cubre la organización e impartición de acciones formativas presenciales encuadradas en la Línea 1 del programa dedicado al sector aeroespacial, dentro del marco de fomento del empleo de la Junta de Andalucía.

04

Cómo se pide

La convocatoria se rige por la Orden de 3 de noviembre de 2023, que establece las bases reguladoras del régimen de concurrencia competitiva para este tipo de subvenciones. El plazo de presentación de solicitudes no figura en los datos disponibles, por lo que conviene consultarlo en las bases oficiales o en el boletín de publicación de la resolución.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades relacionadas con el empleo

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está por confirmar: no consta en los campos oficiales estructurados de la BDNS. Es una convocatoria pública, así que sí se solicita; consulta la fecha exacta en las bases oficiales antes de preparar nada. No la des por abierta ni por cerrada sin comprobarlo.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.035.243 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar entidades y organizaciones que impartan la formación: grandes empresas, pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica, así como personas físicas y jurídicas sin actividad económica. La formación resultante está dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desemplead… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.