Abierta Cierra en 102 días · 31 dic 2026

convocatoria para la concesión de subvenciones de prestaciones sociales de carácter económico y de prestación de servicio por el apoyo y desarrollo de la infancia y la adolescencia 2026

AYUNTAMIENTO DE LLINARS DEL VALLÈS · LLINARS DEL VALLÈS · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Ayuntamiento de Llinars del Vallès convoca subvenciones destinadas a apoyar iniciativas de prestaciones sociales dirigidas a la infancia y adolescencia. Mediante esta convocatoria de concurrencia competitiva, ofrece ayudas de carácter económico y prestación de servicios para programas de promoción social y atención a menores en el ámbito educativo y sociosanitario. La dotación total disponible es de 58.000 euros. Las bases regulan los requisitos de elegibilidad, el procedimiento de selección y los criterios de valoración de los proyectos presentados.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, así como organizaciones del sector educativo, sanitario y de servicios sociales que ejecuten programas de apoyo, desarrollo e inclusión dirigidos a menores en el municipio.

03

Qué cubre

Prestaciones sociales de carácter económico (ayudas directas) y prestación de servicios para iniciativas de apoyo a la infancia, programas de promoción social e inclusión en ámbitos educativo y sociosanitario.

04

Cómo se pide

Según el plazo de las bases. Solicitud en el registro del Ayuntamiento de Llinars del Vallès mediante el procedimiento administrativo establecido, con documentación conforme a los requisitos de elegibilidad fijados en la normativa.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 58.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, así como organizaciones del sector educativo, sanitario y de servicios sociales que ejecuten programas de apoyo, desarrollo e inclusión dirigidos a menores en el municipio. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Según el plazo de las bases. Solicitud en el registro del Ayuntamiento de Llinars del Vallès mediante el procedimiento administrativo establecido, con documentación conforme a los requisitos de elegibilidad fijados en la normativa.