Abierta Cierra en 71 días · 31 oct 2026

Sub. 2026 NO MINIMIS a entidades promotoras del programa Formación y Empleo PASARELA EMPRESA según Resolución de 15 de julio de 2026

SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE) · EXTREMADURA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) para financiar, en régimen de concesión directa, a las entidades que ponen en marcha el programa Pasarela Empresa: itinerarios que combinan formación y empleo para conectar a personas desempleadas con puestos reales en empresas de Extremadura. Se rige por el Decreto 126/2025, de 9 de septiembre, y cuenta con una dotación de 1.250.000 euros para esta primera convocatoria de 2026, tramitada como ayuda de mínimis.

02

Para quién

Entidades promotoras del programa en Extremadura: empresas, ya sean grandes o pymes, y autónomos con actividad económica, además de personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, siempre que organicen el itinerario formativo-laboral.

03

Qué cubre

Cubre el coste que asume la entidad promotora al organizar y ejecutar el itinerario de formación y empleo Pasarela Empresa. El brief no detalla el desglose de partidas ni el importe máximo por beneficiario, solo la dotación global de la convocatoria.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar solicitudes finaliza el 31 de octubre de 2026. Al tratarse de concesión directa, no hay convocatoria en concurrencia: la entidad debe seguir el procedimiento y modelo que fije la resolución del SEXPE.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades relacionadas con el empleoOtra educación

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 oct 2026, es decir, quedan 71 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.250.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Entidades promotoras del programa en Extremadura: empresas, ya sean grandes o pymes, y autónomos con actividad económica, además de personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, siempre que organicen el itinerario formativo-laboral. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para presentar solicitudes finaliza el 31 de octubre de 2026. Al tratarse de concesión directa, no hay convocatoria en concurrencia: la entidad debe seguir el procedimiento y modelo que fije la resolución del SEXPE.