Abierta Cierra en 40 días · 10 oct 2026

Ayudas 2026 a empresas extremeñas para el acceso a mercados exteriores denominadas "Cheque Exporta", según Resolución de 11 de junio de 2026

SECRETARÍA GENERAL DE ECONOMÍA, EMPRESA Y COMERCIO · EXTREMADURA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convoca la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio de Extremadura esta línea de ayudas directas para financiar el acceso a mercados exteriores de PYME y profesionales independientes. Dotación total de 250.000 euros, sin régimen de concurrencia competitiva. Destinada a empresas de industria manufacturera, comercio mayorista y actividades profesionales, científicas y técnicas. Se rige por el Decreto 69/2024 de 9 de julio.

02

Para quién

PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica en Extremadura, especialmente de los sectores de industria, comercio mayorista y servicios profesionales, científicos y técnicos.

03

Qué cubre

Financia acciones para internacionalización y acceso a mercados exteriores: estudios de viabilidad, análisis de mercados, participación en ferias y eventos, misiones comerciales, promoción de productos y servicios, y otros gastos directamente asociados a la exportación.

04

Cómo se pide

Presentación según el plazo que fijen las bases. Solicitud dirigida a la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio de Extremadura. Fecha límite: 10 de octubre de 2026.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …Comercio al por mayorINDUSTRIA MANUFACTURERA

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 10 oct 2026, es decir, quedan 40 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 250.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME y personas físicas que desarrollan actividad económica en Extremadura, especialmente de los sectores de industria, comercio mayorista y servicios profesionales, científicos y técnicos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Presentación según el plazo que fijen las bases. Solicitud dirigida a la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio de Extremadura. Fecha límite: 10 de octubre de 2026.