Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Es una línea de ayudas aprobada por real decreto-ley para paliar los daños de los temporales que afectaron a Andalucía y Extremadura a comienzos de 2026. La tramita la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, del Ministerio del Interior, que concede las ayudas de forma directa, sin concurrencia competitiva, por tratarse de una norma de emergencia. La dotación conjunta anunciada es de 200 millones de euros, repartidos entre indemnizaciones a particulares y apoyos a autónomos y pequeñas empresas de las zonas afectadas.
Para quién
Pueden acceder personas físicas que no ejercen actividad económica y han sufrido daños en vivienda o enseres, además de autónomos y pymes de Andalucía y Extremadura perjudicados por los fenómenos meteorológicos adversos.
Qué cubre
Financia entregas dinerarias sin contraprestación para compensar daños materiales derivados de los temporales, dentro de un paquete más amplio de medidas económicas urgentes dirigido a particulares y a negocios de las zonas declaradas afectadas.
Cómo se pide
El plazo de solicitud es el que fijen las bases que desarrollen el real decreto-ley. La gestión corresponde al Ministerio del Interior, en coordinación con Andalucía y Extremadura; conviene consultar la convocatoria específica.
Beneficiarios
Sectores (CNAE)
Guías que te ayudan
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Se puede solicitar hasta el 20 dic 2027, es decir, quedan 527 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 200.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Pueden acceder personas físicas que no ejercen actividad económica y han sufrido daños en vivienda o enseres, además de autónomos y pymes de Andalucía y Extremadura perjudicados por los fenómenos meteorológicos adversos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
El plazo de solicitud es el que fijen las bases que desarrollen el real decreto-ley. La gestión corresponde al Ministerio del Interior, en coordinación con Andalucía y Extremadura; conviene consultar la convocatoria específica.