Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Es un paquete de ayudas económicas aprobado por real decreto-ley que el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, pone en marcha para paliar los daños que dejaron los temporales sufridos en Andalucía y Extremadura. Se concede de forma directa, sin concurrencia competitiva, y cuenta con una dotación de 200 millones de euros destinada a indemnizaciones y entregas dinerarias sin contraprestación.
Para quién
Pueden acceder personas físicas que no ejercen actividad económica, así como autónomos y pequeñas y medianas empresas cuya actividad se haya visto afectada por los daños ocasionados en las zonas declaradas de Andalucía y Extremadura.
Qué cubre
Cubre indemnizaciones y entregas dinerarias sin contraprestación para compensar los daños materiales y económicos que dejó el temporal, dentro de las actuaciones económicas previstas en el decreto, sin vincularse a un sector concreto de actividad.
Cómo se pide
El plazo de solicitud no consta en esta ficha; se aplicará el que fijen las bases y convocatorias específicas que desarrollen este decreto-ley, tramitándose ante los organismos que designe cada administración autonómica o el Ministerio del Interior.
Beneficiarios
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Se puede solicitar hasta el 20 dic 2027, es decir, quedan 527 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 200.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Pueden acceder personas físicas que no ejercen actividad económica, así como autónomos y pequeñas y medianas empresas cuya actividad se haya visto afectada por los daños ocasionados en las zonas declaradas de Andalucía y Extremadura. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
El plazo de solicitud no consta en esta ficha; se aplicará el que fijen las bases y convocatorias específicas que desarrollen este decreto-ley, tramitándose ante los organismos que designe cada administración autonómica o el Ministerio del Interior.