Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Se trata de un paquete de ayudas aprobado por real decreto-ley que canaliza 200 millones de euros para responder a los daños provocados por fenómenos meteorológicos adversos en Andalucía y Extremadura. Lo tramita la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, dependiente del Ministerio del Interior, y se concede de forma directa, sin concurrencia competitiva, lo que agiliza la llegada del dinero a los afectados por estas emergencias climáticas.
Para quién
Están llamadas a beneficiarse tanto las personas físicas que no ejercen actividad económica como los autónomos y pymes afectados, con especial atención a quienes desarrollan actividades artísticas, deportivas o de entretenimiento en las zonas siniestradas.
Qué cubre
El apoyo se articula como subvenciones y entregas dinerarias directas, sin contraprestación, destinadas a paliar el impacto económico de los daños sufridos y a sostener la actividad en los territorios más golpeados por el temporal.
Cómo se pide
El decreto-ley fija el marco general y remite a las bases y convocatorias específicas del Ministerio del Interior el desarrollo del procedimiento, por lo que la solicitud se presentará según el plazo y el canal que estas determinen.
Beneficiarios
Sectores (CNAE)
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Se puede solicitar hasta el 20 dic 2027, es decir, quedan 527 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 200.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Están llamadas a beneficiarse tanto las personas físicas que no ejercen actividad económica como los autónomos y pymes afectados, con especial atención a quienes desarrollan actividades artísticas, deportivas o de entretenimiento en las zonas siniestradas. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
El decreto-ley fija el marco general y remite a las bases y convocatorias específicas del Ministerio del Interior el desarrollo del procedimiento, por lo que la solicitud se presentará según el plazo y el canal que estas determinen.