Abierta Cierra en 527 días · 20 dic 2027

Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.

D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS · MINISTERIO DEL INTERIOR · ESTADO
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una línea de ayudas de concesión directa aprobada por Real Decreto-ley, gestionada por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior. Nace para compensar los daños provocados por temporales, lluvias torrenciales e inundaciones que afectaron especialmente a Andalucía y Extremadura a comienzos de 2026. El paquete moviliza una dotación de 200 millones de euros en forma de subvenciones y entregas dinerarias sin contraprestación, sin necesidad de concurrencia competitiva.

02

Para quién

Pueden acceder particulares que no ejercen actividad económica y que hayan sufrido daños, así como pymes y autónomos afectados por los mismos fenómenos meteorológicos en las zonas declaradas de Andalucía y Extremadura.

03

Qué cubre

La ayuda se canaliza como entrega dineraria directa, sin contrapartida, destinada a paliar pérdidas económicas y patrimoniales derivadas de los daños meteorológicos, cubriendo gastos de reparación y reposición ligados a la actividad afectada, entre otras actuaciones de carácter económico previstas en el decreto.

04

Cómo se pide

La tramitación se realiza por concesión directa, sin convocatoria pública abierta; el procedimiento y el plazo de solicitud se concretan en las disposiciones de desarrollo del propio Real Decreto-ley, según fije el Ministerio del Interior.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

Se puede solicitar hasta el 20 dic 2027, es decir, quedan 527 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 200.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden acceder particulares que no ejercen actividad económica y que hayan sufrido daños, así como pymes y autónomos afectados por los mismos fenómenos meteorológicos en las zonas declaradas de Andalucía y Extremadura. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La tramitación se realiza por concesión directa, sin convocatoria pública abierta; el procedimiento y el plazo de solicitud se concretan en las disposiciones de desarrollo del propio Real Decreto-ley, según fije el Ministerio del Interior.