Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Se trata de un paquete de ayudas aprobado por real decreto-ley que el Gobierno, a través de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, pone en marcha para compensar los daños provocados por fenómenos meteorológicos adversos en Andalucía y Extremadura. No es una convocatoria abierta: las ayudas se conceden de forma directa, sin concurrencia competitiva, y cuentan con una dotación conjunta de 200 millones de euros.
Para quién
Pueden beneficiarse tanto particulares que no ejercen actividad económica como autónomos y pequeñas y medianas empresas de las zonas afectadas, siempre que hayan sufrido pérdidas por las tormentas en Andalucía o Extremadura.
Qué cubre
El real decreto-ley habilita subvenciones y entregas de dinero sin contraprestación para paliar los perjuicios económicos derivados del temporal, dentro de las actuaciones de apoyo económico que el Gobierno considera necesarias para la recuperación de las zonas dañadas.
Cómo se pide
Al ser una concesión directa ligada al real decreto-ley, no hay convocatoria pública con plazo de solicitud: el acceso se canaliza según el procedimiento que establezcan el Ministerio del Interior y las comunidades autónomas afectadas.
Beneficiarios
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Se puede solicitar hasta el 20 dic 2027, es decir, quedan 527 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 200.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Pueden beneficiarse tanto particulares que no ejercen actividad económica como autónomos y pequeñas y medianas empresas de las zonas afectadas, siempre que hayan sufrido pérdidas por las tormentas en Andalucía o Extremadura. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
Al ser una concesión directa ligada al real decreto-ley, no hay convocatoria pública con plazo de solicitud: el acceso se canaliza según el procedimiento que establezcan el Ministerio del Interior y las comunidades autónomas afectadas.