Abierta Cierra en 527 días · 20 dic 2027

Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.

D.G. DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS · MINISTERIO DEL INTERIOR · ESTADO
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Es una línea de ayudas aprobada por Real Decreto-ley y gestionada por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior para compensar los perjuicios materiales causados por temporales y otros fenómenos meteorológicos adversos registrados en Andalucía y Extremadura. Al ser una concesión directa de carácter instrumental, no hay concurrencia competitiva: el Estado reparte los fondos entre los afectados que cumplan los requisitos de la norma. La dotación total prevista asciende a 200 millones de euros.

02

Para quién

Pueden acceder particulares que no ejercen actividad económica y hayan sufrido daños en su vivienda o enseres, así como autónomos y pequeñas y medianas empresas de las zonas afectadas, incluidos negocios del ámbito artístico, deportivo o de ocio.

03

Qué cubre

Se instrumenta como una entrega dineraria sin contraprestación, es decir, un pago directo pensado para aliviar el impacto económico del temporal, no para financiar un proyecto concreto. Se enmarca entre las actuaciones de apoyo económico ante situaciones de emergencia declaradas por el Gobierno.

04

Cómo se pide

El decreto despliega sus efectos entre febrero de 2026 y diciembre de 2027, y su gestión recae en las administraciones designadas para cada zona afectada. El plazo concreto lo fijan las bases y convocatorias específicas que lo desarrollen.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

Se puede solicitar hasta el 20 dic 2027, es decir, quedan 527 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 200.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden acceder particulares que no ejercen actividad económica y hayan sufrido daños en su vivienda o enseres, así como autónomos y pequeñas y medianas empresas de las zonas afectadas, incluidos negocios del ámbito artístico, deportivo o de ocio. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El decreto despliega sus efectos entre febrero de 2026 y diciembre de 2027, y su gestión recae en las administraciones designadas para cada zona afectada. El plazo concreto lo fijan las bases y convocatorias específicas que lo desarrollen.