Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Se trata de una línea de ayudas de concesión directa aprobada por el Gobierno mediante real decreto-ley, gestionada por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior. Nace para responder con rapidez a los destrozos provocados por los temporales que golpearon con especial dureza a Andalucía y Extremadura. La dotación total asciende a 200 millones de euros, repartidos en forma de entregas dinerarias sin contraprestación, es decir, sin que el beneficiario tenga que devolver el dinero ni prestar nada a cambio.
Para quién
Está pensada para personas particulares y también para entidades sin ánimo de lucro que no ejerzan actividad económica y que hayan sufrido pérdidas o daños materiales a causa de estos fenómenos meteorológicos en los territorios afectados.
Qué cubre
El dinero se destina a paliar el impacto económico de los daños sufridos, cubriendo gastos derivados de la reparación o reposición de bienes dañados por las inundaciones y el temporal, dentro de las actuaciones de apoyo económico previstas en la norma.
Cómo se pide
El decreto no fija un plazo único de solicitud, por lo que habrá que atender al plazo que fijen las bases o convocatorias que lo desarrollen. La tramitación se realizará a través de los cauces que habilite el Ministerio del Interior.
Beneficiarios
Sectores (CNAE)
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Se puede solicitar hasta el 20 dic 2027, es decir, quedan 527 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 200.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Está pensada para personas particulares y también para entidades sin ánimo de lucro que no ejerzan actividad económica y que hayan sufrido pérdidas o daños materiales a causa de estos fenómenos meteorológicos en los territorios afectados. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
El decreto no fija un plazo único de solicitud, por lo que habrá que atender al plazo que fijen las bases o convocatorias que lo desarrollen. La tramitación se realizará a través de los cauces que habilite el Ministerio del Interior.