Abierta Cierra en 41 días · 31 oct 2026

Resolución 08/05/2026 Director General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convocan las subvenciones públicas destinadas al fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo (CEE)

DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN · COMUNITAT VALENCIANA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de subvenciones de la Comunitat Valenciana destinado a impulsar la creación y consolidación de empleo para personas con discapacidad en centros especiales de empleo (CEE). Convocado por la Dirección General de Empleo y Formación a través de LABORA, opera bajo régimen de concurrencia competitiva. Dotación total de 56.200.000 EUR. Las bases reguladoras establecen los requisitos, criterios de valoración y procedimiento de solicitud para acceder a esta línea de financiación destinada al fomento del empleo inclusivo.

02

Para quién

Personas físicas y pequeñas y medianas empresas (PYME) que desarrollan actividad económica, interesadas en impulsar proyectos de empleo para personas con discapacidad a través de centros especiales de empleo.

03

Qué cubre

Subvención para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo, incluyendo costes operacionales y de personal derivados de la creación y consolidación de puestos de trabajo.

04

Cómo se pide

Presentación electrónica ante la Administración de la Comunitat Valenciana desde el 14 de mayo hasta el 31 de octubre de 2026. Consulta las bases reguladoras de la convocatoria para conocer los requisitos, documentación necesaria y criterios de valoración de las solicitudes.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades relacionadas con el empleo

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 oct 2026, es decir, quedan 41 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 56.200.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas y pequeñas y medianas empresas (PYME) que desarrollan actividad económica, interesadas en impulsar proyectos de empleo para personas con discapacidad a través de centros especiales de empleo. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Presentación electrónica ante la Administración de la Comunitat Valenciana desde el 14 de mayo hasta el 31 de octubre de 2026. Consulta las bases reguladoras de la convocatoria para conocer los requisitos, documentación necesaria y criterios de valoración de las solicitudes.