RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2025, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se convoca para el ejercicio 2026 el Programa de fomento de la contratación indefinida de personas jóvenes cualificadas
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
LABORA, el Servicio Valenciano de Empleo y Formación, ha abierto para 2026 esta convocatoria autonómica dirigida a entidades de la Comunitat Valenciana que no desarrollan actividad económica, como asociaciones o fundaciones vinculadas al ámbito laboral. Se tramita en concurrencia competitiva y cuenta con una dotación de 3.700.000 euros. Sus bases reguladoras están en la Orden 1/2023, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, centrada en el fomento del empleo.
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro y otras personas jurídicas que no desarrollan actividad económica (asociaciones, fundaciones y organizaciones similares) que trabajen en el ámbito del empleo, con sede o actuación en la Comunitat Valenciana.
Qué cubre
Financia actuaciones de fomento del empleo impulsadas por estas entidades. El registro no detalla las partidas concretas subvencionables ni los porcentajes de ayuda; conviene consultar la Orden 1/2023 y el texto de la convocatoria para conocer los gastos elegibles exactos.
Cómo se pide
La solicitud se presenta ante LABORA conforme a la Orden 1/2023. Según los datos registrados, el plazo se extiende del 29 de enero al 15 de octubre de 2026, aunque conviene confirmarlo en el texto íntegro de la convocatoria.
Beneficiarios
Sectores (CNAE)
Guías que te ayudan
Qué papeles vas a necesitar
Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.
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Identificación del solicitante
NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.
Identificación del solicitante es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Poder de representación
Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.
Poder de representación es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Estar al corriente con Hacienda
Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.
Estar al corriente con Hacienda es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Estar al corriente con la Seguridad Social
Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.
Estar al corriente con la Seguridad Social es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Memoria del proyecto
Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.
Memoria del proyecto es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Presupuesto detallado
Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.
Presupuesto detallado es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Declaración de otras ayudas (de minimis)
Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.
Declaración de otras ayudas (de minimis) es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Certificado de titularidad bancaria
La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.
Certificado de titularidad bancaria es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
Y después, justificar
Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.
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Facturas y justificantes de pago
La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.
Facturas y justificantes de pago es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Memoria económica
La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.
Memoria económica es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Memoria de actuación
Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.
Memoria de actuación es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Publicidad de la financiación
Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.
Publicidad de la financiación es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 oct 2026, es decir, quedan 25 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 3.700.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Entidades sin ánimo de lucro y otras personas jurídicas que no desarrollan actividad económica (asociaciones, fundaciones y organizaciones similares) que trabajen en el ámbito del empleo, con sede o actuación en la Comunitat Valenciana. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
La solicitud se presenta ante LABORA conforme a la Orden 1/2023. Según los datos registrados, el plazo se extiende del 29 de enero al 15 de octubre de 2026, aunque conviene confirmarlo en el texto íntegro de la convocatoria.