Abierta Cierra en 91 días · 20 dic 2026

Resolución por la que se publica el crédito disponible, en el ejercicio 2026, para atender las ayudas previstas en el Decreto 104/2025, de 23 de diciembre, de concesión directa de subvenciones en el marco del Programa Retorno del Talento. No mínimis.

VICECONSEJERÍA DE EMPLEO, DIÁLOGO SOCIAL Y SEGURIDAD Y SALUD LABORAL · CASTILLA-LA MANCHA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda directa de la Administración de Castilla-La Mancha para fomentar la incorporación al empleo de personas físicas sin actividad económica. La Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Seguridad y Salud Laboral convoca esta subvención mediante el Programa Retorno del Talento, regulado por el Decreto 104/2025, de 23 de diciembre. Se trata de una concesión directa con dotación total de 156.000 euros para el ejercicio 2026. El programa busca facilitar el acceso y permanencia en el mercado laboral mediante apoyos específicos a personas sin actividad económica previa.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, residentes en Castilla-La Mancha. Quedan excluidas las personas con negocio, profesión o actividad empresarial en curso.

03

Qué cubre

Ayudas para incorporación al empleo dentro del marco del Programa Retorno del Talento. El programa facilita medidas de fomento del empleo dirigidas a personas sin actividad económica previa.

04

Cómo se pide

Según el plazo que fijen las bases reguladas en el Decreto 104/2025. La convocatoria está abierta desde el 30 de abril hasta el 20 de diciembre de 2026. Los interesados deben consultar las bases publicadas por la Viceconsejería de Empleo en el portal de la Administración de Castilla-La Mancha para conocer procedimiento, documentación requerida y fechas límite exactas de presentación.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Prestación de servicios a la comunidad …

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 20 dic 2026, es decir, quedan 91 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 156.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica, residentes en Castilla-La Mancha. Quedan excluidas las personas con negocio, profesión o actividad empresarial en curso. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Según el plazo que fijen las bases reguladas en el Decreto 104/2025. La convocatoria está abierta desde el 30 de abril hasta el 20 de diciembre de 2026. Los interesados deben consultar las bases publicadas por la Viceconsejería de Empleo en el portal de la Administración de Castilla-La Mancha para conocer procedimient…