Abierta Cierra en 92 días · 30 nov 2026

Resolución de publicación de créditos para 2026, de las subvenciones previstas en el Decreto 37/2024, para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad cofinanciables por el F.S.E. Plus.R. 1408/2013

DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO · CASTILLA-LA MANCHA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Subvención directa del Decreto 37/2024 de Castilla-La Mancha para fomentar la creación y estabilización de empleos de calidad e inclusión social. Presupuesto de 200.000 EUR, sin concurrencia competitiva. Dirigida a empresas y autónomos que generen puestos de trabajo estables, particularmente en sectores de servicios administrativos, artes, deportes, entretenimiento y producción audiovisual o digital.

02

Para quién

Grandes empresas, PYMEs y personas físicas que ejercen actividad económica en Castilla-La Mancha, especialmente en servicios administrativos, artes y entretenimiento, radiodifusión y contenidos digitales.

03

Qué cubre

Financia los costes de creación y consolidación de puestos de trabajo de calidad, en régimen de empleo estable, con énfasis en inclusión social y acceso a la ocupación.

04

Cómo se pide

Solicitud mediante procedimiento de concesión directa ante la Dirección General de Empleo de Castilla-La Mancha. Plazo según bases del Decreto 37/2024. Periodo de ejecución: enero a noviembre 2026.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 nov 2026, es decir, quedan 92 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 200.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Grandes empresas, PYMEs y personas físicas que ejercen actividad económica en Castilla-La Mancha, especialmente en servicios administrativos, artes y entretenimiento, radiodifusión y contenidos digitales. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicitud mediante procedimiento de concesión directa ante la Dirección General de Empleo de Castilla-La Mancha. Plazo según bases del Decreto 37/2024. Periodo de ejecución: enero a noviembre 2026.