Abierta Cierra en 92 días · 30 nov 2026

Resolución de publicación de créditos para 2026, de las subvenciones previstas en el Decreto 37/2024, para favorecer el pleno empleo y la inclusión social a través del empleo estable y de calidad cofinanciables por el F.S.E. Plus. R. 2023/2831

DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO · CASTILLA-LA MANCHA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de apoyo directo de la Junta de Castilla-La Mancha orientado a impulsar la contratación de empleo estable y de calidad, con especial énfasis en la inclusión social. Convocada por la Dirección General de Empleo conforme al Decreto 37/2024, se distribuye mediante concesión directa y dispone de una dotación total de 3.280.000 euros para el ejercicio 2026, destinada a favorecer el empleo duradero y la cohesión económica regional.

02

Para quién

Empresas de cualquier tamaño (incluidas grandes empresas), pymes, personas físicas con actividad económica, y entidades sin ánimo de lucro o personas jurídicas. Especialmente beneficiarios de sectores de servicios administrativos, actividades culturales, artísticas, deportivas, entretenimiento, edición, radiodifusión y producción de contenidos.

03

Qué cubre

Actuaciones de contratación, inclusión laboral y consolidación de empleo estable y de calidad. La subvención cubre iniciativas dirigidas a favorecer la creación de puestos de trabajo duradero e inclusivo, conforme a los objetivos de pleno empleo e integración social establecidos por la Junta de Castilla-La Mancha, con dotación de 3.280.000 euros para 2026.

04

Cómo se pide

Régimen de concesión directa sin convocatoria pública competitiva. Las solicitudes se rigen por el Decreto 37/2024, siendo de aplicación el plazo que fijen las bases o resolución de concesión. Contacta la Dirección General de Empleo de Castilla-La Mancha para instrucciones específicas.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 nov 2026, es decir, quedan 92 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 3.280.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Empresas de cualquier tamaño (incluidas grandes empresas), pymes, personas físicas con actividad económica, y entidades sin ánimo de lucro o personas jurídicas. Especialmente beneficiarios de sectores de servicios administrativos, actividades culturales, artísticas, deportivas, entretenimiento, edi… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Régimen de concesión directa sin convocatoria pública competitiva. Las solicitudes se rigen por el Decreto 37/2024, siendo de aplicación el plazo que fijen las bases o resolución de concesión. Contacta la Dirección General de Empleo de Castilla-La Mancha para instrucciones específicas.