Abierta Cierra en 442 días · 31 dic 2027

D.F. 141/2025 de la D.F.B., de 29 de diciembre, por el que se aprueba la convocatoria pública y bases reguladoras de subvenciones del Dpto. de Acción Social para la adquisicion de productos de apoyo para personas en situación de dependencia o con discapac

DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA · DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda impulsada por la Diputación Foral de Bizkaia para facilitar a personas en situación de dependencia o discapacidad la compra de productos de apoyo que mejoren su autonomía en el día a día. Se tramita como concesión directa, es decir, sin concurrencia competitiva entre solicitantes, y cuenta con una dotación de 3.500.000 euros para el periodo 2026-2027.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica y se encuentran en situación de dependencia o discapacidad, en el ámbito del Territorio Histórico de Bizkaia (Departamento de Acción Social de la Diputación Foral).

03

Qué cubre

Financia la adquisición de productos de apoyo (ayudas técnicas y dispositivos) que facilitan la autonomía personal de las personas beneficiarias. Importe no detallado por solicitud individual en el registro; dotación global convocada: 3.500.000 euros para 2026-2027.

04

Cómo se pide

Al ser una concesión directa, no hay convocatoria en concurrencia abierta: se solicita según el procedimiento y plazo que fijen las bases, dirigiéndose al Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2027, es decir, quedan 442 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 3.500.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica y se encuentran en situación de dependencia o discapacidad, en el ámbito del Territorio Histórico de Bizkaia (Departamento de Acción Social de la Diputación Foral). Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Al ser una concesión directa, no hay convocatoria en concurrencia abierta: se solicita según el procedimiento y plazo que fijen las bases, dirigiéndose al Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia.