Abierta Cierra en 405 días · 30 sept 2027

Resolución de 27 de octubre de 2025 convocatoria de incentivos Linea 2 Energía del Programa 2 Sector Empresarial y Cadena Agroalimentaria Actuación 3. Eficiencia energética en procesos e instalaciones REG (UE) 651/2014

AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA · ANDALUCÍA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de incentivos de la Agencia Andaluza de la Energía, dentro de la Junta de Andalucía, dirigida a mejorar la eficiencia energética en procesos e instalaciones del sector empresarial y de la cadena agroalimentaria andaluza. Se convoca mediante resolución de 27 de octubre de 2025, al amparo de las bases reguladoras aprobadas por Orden de 24 de abril de 2025, y se tramita como concesión directa acogida al Reglamento (UE) 651/2014 de exención por categorías. La dotación asignada a esta convocatoria asciende a 31.133.790 euros.

02

Para quién

Grandes empresas, pymes y personas físicas con actividad económica en Andalucía, de sectores muy diversos (industria, agroalimentario, transporte, comercio, hostelería, construcción y otros) que quieran mejorar la eficiencia energética de sus procesos o instalaciones.

03

Qué cubre

Actuaciones de eficiencia energética en procesos e instalaciones del ámbito empresarial y agroalimentario andaluz, mediante subvención a fondo perdido (entrega dineraria sin contraprestación). El registro no detalla partidas concretas ni porcentaje de ayuda por proyecto.

04

Cómo se pide

Al ser una concesión directa, el plazo y el procedimiento exactos se fijan en la resolución de 27 de octubre de 2025 y en la Orden de 24 de abril de 2025; conviene consultarlos antes de iniciar el trámite ante la Agencia Andaluza de la Energía.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Acabado de edificiosActividades auxiliares del transporteActividades de apoyo a la agricultura, …Actividades de construcción especializa…Actividades de construcción especializa…Actividades de descontaminación y otros…Actividades de intermediación de energí…Actividades de intermediación para el t…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2027, es decir, quedan 405 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 31.133.790 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Grandes empresas, pymes y personas físicas con actividad económica en Andalucía, de sectores muy diversos (industria, agroalimentario, transporte, comercio, hostelería, construcción y otros) que quieran mejorar la eficiencia energética de sus procesos o instalaciones. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Al ser una concesión directa, el plazo y el procedimiento exactos se fijan en la resolución de 27 de octubre de 2025 y en la Orden de 24 de abril de 2025; conviene consultarlos antes de iniciar el trámite ante la Agencia Andaluza de la Energía.