Abierta Cierra en 405 días · 30 sept 2027

Resolución conjunta de 6 de octubre de 2025 convocatoria de incentivos Linea 2 Energía del Programa 3 Cadenas de valor Industrial Actuacion 3 y 4. Energías y Tecnologias Renovables REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación.

AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA · ANDALUCÍA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de incentivos de la Agencia Andaluza de la Energía, dentro del Programa de Cadenas de Valor Industrial de la Junta de Andalucía, para proyectos de energías y tecnologías renovables en la industria (Actuaciones 3 y 4 de la Línea 2 Energía). Se concede de forma directa, al amparo del reglamento europeo de exención de notificación (UE 651/2014), con una dotación conjunta de 44,15 millones de euros y vigencia entre octubre de 2025 y septiembre de 2027. No procede de fondos Next Generation EU.

02

Para quién

Grandes empresas, pymes y personas físicas con actividad económica en Andalucía, de un abanico muy amplio de sectores industriales y de servicios a la industria (metal, química, madera, textil, TIC, ingeniería, construcción, gestión de residuos y agua, entre otros).

03

Qué cubre

Incentivos (subvención y entrega dineraria sin contraprestación) para proyectos de energías y tecnologías renovables dentro de las cadenas de valor industrial andaluzas. El brief no detalla porcentajes ni conceptos subvencionables por partida; se recomienda revisar la Orden de bases y la resolución de convocatoria.

04

Cómo se pide

Solicitud según el plazo que fijen las bases reguladoras (Orden de 13 de marzo de 2025) y la resolución de convocatoria, ante la Agencia Andaluza de la Energía. Conviene confirmar el procedimiento exacto antes de presentar el proyecto.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Acabado de textilesActividades administrativas y auxiliare…Actividades auxiliares a la educaciónActividades auxiliares del transporteActividades de apoyo a la pesca y la ac…Actividades de diseño especializadoActividades de intermediación para el t…Actividades de intermediación para repa…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2027, es decir, quedan 405 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 44.150.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Grandes empresas, pymes y personas físicas con actividad económica en Andalucía, de un abanico muy amplio de sectores industriales y de servicios a la industria (metal, química, madera, textil, TIC, ingeniería, construcción, gestión de residuos y agua, entre otros). Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicitud según el plazo que fijen las bases reguladoras (Orden de 13 de marzo de 2025) y la resolución de convocatoria, ante la Agencia Andaluza de la Energía. Conviene confirmar el procedimiento exacto antes de presentar el proyecto.