Abierta Cierra en 405 días · 30 sept 2027

Resolución conjunta de 6 de octubre de 2025 convocatoria de incentivos Linea 2 Energía del Programa 3 Cadenas de valor Industrial Actuacion 1. Eficiencia Energetica Edificios REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación.

AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA · ANDALUCÍA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda de la Agencia Andaluza de la Energía, dentro del Programa 3 de Cadenas de Valor Industrial (Línea 2, Actuación 1), orientada a la eficiencia energética de la industria andaluza. Se resuelve por concesión directa, no por concurrencia competitiva, con una dotación de 2.050.000 € y vigencia entre octubre de 2025 y septiembre de 2027. Las bases son la Orden de 13 de marzo de 2025, de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos de Andalucía.

02

Para quién

Pueden solicitarla pymes y personas físicas con actividad económica, y también grandes empresas, de sectores industriales como el acabado de textiles, las actividades auxiliares del transporte o el apoyo a la pesca y la acuicultura, con proyecto en Andalucía.

03

Qué cubre

Financia actuaciones de eficiencia energética en la industria, dentro de la Línea 2 - Energía del Programa 3 de Cadenas de Valor Industrial; el brief no detalla las partidas ni los porcentajes de ayuda por proyecto.

04

Cómo se pide

Al tramitarse como concesión directa (no hay convocatoria en concurrencia), la solicitud se dirige a la Agencia Andaluza de la Energía según el procedimiento y el plazo que fijen las bases, dentro de su vigencia (10/10/2025 a 30/09/2027).

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Acabado de textilesActividades auxiliares del transporteActividades de apoyo a la pesca y la ac…Actividades de diseño especializadoActividades de intermediación para el t…Actividades de intermediación para serv…Actividades de las agencias de noticias…Actividades de portales de búsqueda en …

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2027, es decir, quedan 405 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.050.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitarla pymes y personas físicas con actividad económica, y también grandes empresas, de sectores industriales como el acabado de textiles, las actividades auxiliares del transporte o el apoyo a la pesca y la acuicultura, con proyecto en Andalucía. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Al tramitarse como concesión directa (no hay convocatoria en concurrencia), la solicitud se dirige a la Agencia Andaluza de la Energía según el procedimiento y el plazo que fijen las bases, dentro de su vigencia (10/10/2025 a 30/09/2027).