Abierta Cierra en 74 días · 03 nov 2026

Orden de 9 de septiembre 2025 por la que se convocan subvenciones para la certificación de determinados productos o servicios según la marca Parque Natural. Linea 1 Orden 19 de septiembre de 2021. Minimis Pesca

CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE · ANDALUCÍA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de subvenciones de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de Andalucía destinado a facilitar la certificación de productos agroalimentarios naturales o artesanales, así como servicios de turismo de naturaleza, bajo la marca Parque Natural. Se convoca en régimen de concesión directa con una dotación total de 40.000 euros. Dirigida a pequeñas y medianas empresas y personas físicas del territorio andaluz, especialmente del sector agrario y de servicios naturales.

02

Para quién

Pequeñas y medianas empresas (pymes) y personas físicas que desarrollan actividad económica en Andalucía, principalmente en los sectores de agricultura, ganadería, caza y servicios de turismo de naturaleza.

03

Qué cubre

Subvenciona los costes de certificación y tramitación de productos agroalimentarios naturales o artesanales, así como de servicios de turismo de naturaleza bajo la marca Parque Natural, incluyendo la gestión administrativa de la acreditación.

04

Cómo se pide

Presentación directa ante la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de Andalucía dentro del plazo establecido en las bases reguladoras. Se requiere formulario oficial, documentación del producto/servicio y acreditación de cumplimiento de requisitos de certificación.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Agricultura, ganadería, caza y servicio…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 03 nov 2026, es decir, quedan 74 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 40.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pequeñas y medianas empresas (pymes) y personas físicas que desarrollan actividad económica en Andalucía, principalmente en los sectores de agricultura, ganadería, caza y servicios de turismo de naturaleza. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Presentación directa ante la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de Andalucía dentro del plazo establecido en las bases reguladoras. Se requiere formulario oficial, documentación del producto/servicio y acreditación de cumplimiento de requisitos de certificación.