Abierta Cierra en 74 días · 03 nov 2026

Orden de 9 de septiembre 2025 por la que se convocan subvencionespara la certificación de determinados productos o servicios según la marca Parque Natural. Linea 1 Orden 19 de septiembre de 2021. Minimi General

CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE · ANDALUCÍA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de Andalucía para financiar la certificación de productos naturales o artesanales y servicios de turismo de naturaleza bajo la marca Parque Natural. Dotación total de 40.000 euros en régimen de concesión directa. Financia los gastos de certificación, tasas, evaluaciones de conformidad y adaptación a los requisitos de calidad exigidos por la marca de distintivo.

02

Para quién

PYMEs y personas físicas que desarrollen actividad económica en agricultura, ganadería, caza o servicios relacionados, así como en turismo de naturaleza, establecidas en Andalucía.

03

Qué cubre

Costes de certificación, tasas de tramitación, estudios y auditorías para verificar conformidad con la marca Parque Natural, gastos de adaptación de procesos o productos a requisitos de calidad, y documentación técnica necesaria.

04

Cómo se pide

Plazo desde el 11 de octubre de 2025. Solicitudes por procedimiento de concesión directa conforme a las bases reguladoras. Contactar con la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente para detalles de tramitación y documentación requerida según el plazo que fijen las bases.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Agricultura, ganadería, caza y servicio…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 03 nov 2026, es decir, quedan 74 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 40.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYMEs y personas físicas que desarrollen actividad económica en agricultura, ganadería, caza o servicios relacionados, así como en turismo de naturaleza, establecidas en Andalucía. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo desde el 11 de octubre de 2025. Solicitudes por procedimiento de concesión directa conforme a las bases reguladoras. Contactar con la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente para detalles de tramitación y documentación requerida según el plazo que fijen las bases.