Abierta Cierra en 41 días · 01 oct 2026

Resolución EMT/ /2025, de de, por la que se abre la convocatoria para el año 2025 del programa de subvenciones para la contratación laboral de personas en situación de mayor vulnerabilidad (SOC-CONTRATACIÓN) (ref. BDNS)

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CATALUÑA · CATALUÑA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de subvenciones autonómico convocado por el Servicio Público de Empleo de Cataluña para fomentar la contratación de personas en mayor vulnerabilidad laboral. Régimen de concurrencia competitiva. El programa SOC-CONTRATACIÓN ofrece apoyo financiero a través de subvención directa para incentivar que empresas contraten y mantengan en plantilla a personas que enfrentan mayores dificultades de acceso y permanencia en el mercado de trabajo. Dotación total: 16 millones de euros.

02

Para quién

Grandes empresas, PYMES, personas físicas que desarrollan actividad económica, y personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Enfocado en todos los sectores, con especial énfasis en actividades relacionadas con el empleo.

03

Qué cubre

Subvenciones para los costes derivados de la contratación laboral de personas en situación de mayor vulnerabilidad, incluyendo salarios y otros gastos asociados al mantenimiento de puestos de trabajo estables.

04

Cómo se pide

Del 9 de septiembre de 2025 al 1 de octubre de 2026. Se tramita por concurrencia competitiva ante el Servicio Público de Empleo de Cataluña. Consulta la Orden EMT/213/2023 para detalles y procedimiento de solicitud.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades relacionadas con el empleo

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 01 oct 2026, es decir, quedan 41 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 16.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Grandes empresas, PYMES, personas físicas que desarrollan actividad económica, y personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Enfocado en todos los sectores, con especial énfasis en actividades relacionadas con el empleo. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Del 9 de septiembre de 2025 al 1 de octubre de 2026. Se tramita por concurrencia competitiva ante el Servicio Público de Empleo de Cataluña. Consulta la Orden EMT/213/2023 para detalles y procedimiento de solicitud.