Abierta Cierra en 131 días · 30 dic 2026

Resolución de 12 de agosto de 2025, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo del comercio exterior y la internalización de las pymes en Andalucía MINIMIS AGRIC

AGENCIA EMPRESARIAL PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO · ANDALUCÍA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de ayudas de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico de Andalucía, orientada a impulsar el comercio exterior y la apertura a nuevos mercados de las pymes andaluzas. Se tramita en régimen de concurrencia no competitiva, es decir, sin comparar unas solicitudes con otras, y dispone de una dotación de 575.000 euros. Va dirigida especialmente a negocios del sector agrario y ganadero que quieran iniciar o reforzar su actividad internacional.

02

Para quién

Pymes y personas físicas con actividad económica en Andalucía, en particular del sector agrícola, ganadero y de servicios relacionados, que quieran iniciar o ampliar su actividad exportadora.

03

Qué cubre

Financia actuaciones para el desarrollo del comercio exterior y la internacionalización de la empresa: acciones orientadas a abrir o consolidar mercados fuera de España. El registro no detalla el desglose de gastos subvencionables por partida.

04

Cómo se pide

Las solicitudes se pueden presentar desde el 26 de agosto de 2025 hasta el 30 de diciembre de 2026, según fija la propia convocatoria. El trámite se gestiona ante la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico de Andalucía.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Agricultura, ganadería, caza y servicio…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 dic 2026, es decir, quedan 131 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 575.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas con actividad económica en Andalucía, en particular del sector agrícola, ganadero y de servicios relacionados, que quieran iniciar o ampliar su actividad exportadora. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Las solicitudes se pueden presentar desde el 26 de agosto de 2025 hasta el 30 de diciembre de 2026, según fija la propia convocatoria. El trámite se gestiona ante la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico de Andalucía.