Abierta Cierra en 38 días · 30 sept 2026

Talentium Empresa. Convocatoria de Subvenciones Dirigidas a Empresas Locales en Municipios Menores de 20.000 Hab.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN · DIPUTACIÓN PROV. DE JAÉN · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Talentium Empresa es la línea de ayudas económicas que impulsa la Diputación Provincial de Jaén para apoyar a los negocios asentados en los municipios más pequeños de la provincia. Se concede de forma directa, sin concurrencia competitiva, conforme a las bases de ejecución del presupuesto provincial de 2026, y cuenta con una dotación total de 200.000 euros para repartir entre los beneficiarios que cumplan los requisitos fijados.

02

Para quién

Pueden acceder pymes y personas físicas que ejercen una actividad económica por cuenta propia, con especial peso en el ámbito artístico, deportivo y de ocio, siempre que operen en municipios jienenses de menos de 20.000 habitantes.

03

Qué cubre

Se trata de una entrega dineraria sin contraprestación destinada a fomentar el empleo en el negocio del beneficiario, según los criterios y conceptos subvencionables que detallan las bases de ejecución del presupuesto provincial de 2026.

04

Cómo se pide

El plazo para pedirla termina el 30 de septiembre de 2026. Al ser concesión directa, se tramita ante la Diputación de Jaén conforme a sus bases de ejecución presupuestaria, sin proceso de concurrencia competitiva.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 38 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 200.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden acceder pymes y personas físicas que ejercen una actividad económica por cuenta propia, con especial peso en el ámbito artístico, deportivo y de ocio, siempre que operen en municipios jienenses de menos de 20.000 habitantes. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para pedirla termina el 30 de septiembre de 2026. Al ser concesión directa, se tramita ante la Diputación de Jaén conforme a sus bases de ejecución presupuestaria, sin proceso de concurrencia competitiva.