Abierta Cierra en 36 días · 30 sept 2026

Bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva para las ayudas municipales para la conservación y la rehabilitación de las fachadas y de concurrencia no competitiva para actuaciones de mejora de accesibilidad 2025/2026

AYUNTAMIENTO DE SANT PERE DE RIBES · SANT PERE DE RIBES · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

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Qué es

Se trata de una línea de ayudas municipales del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes (Barcelona) que combina dos vías: una convocatoria en concurrencia competitiva para la conservación y rehabilitación de fachadas, y otra en concurrencia no competitiva —se resuelve por orden de entrada mientras haya crédito disponible— para actuaciones de mejora de la accesibilidad en viviendas. La dotación conjunta asciende a 23.000 euros para el periodo 2025/2026.

02

Para quién

Pueden acogerse personas físicas que no desarrollen actividad económica, es decir, particulares propietarios de vivienda en el municipio que quieran adecentar la fachada de su edificio o eliminar barreras de acceso en su casa.

03

Qué cubre

Financia obras de conservación y rehabilitación de fachadas —limpieza, reparación de revestimientos, pintura, elementos salientes— y, en la línea de accesibilidad, actuaciones como rampas, ascensores u otras soluciones que eliminen barreras arquitectónicas en la vivienda.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar la solicitud se extiende hasta el 30 de septiembre de 2026. La petición se tramita ante el Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes, que resuelve la línea de fachadas por concurrencia competitiva y la de accesibilidad por orden de entrada.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

Asistencia en establecimientos residenc…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 36 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 23.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden acogerse personas físicas que no desarrollen actividad económica, es decir, particulares propietarios de vivienda en el municipio que quieran adecentar la fachada de su edificio o eliminar barreras de acceso en su casa. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para presentar la solicitud se extiende hasta el 30 de septiembre de 2026. La petición se tramita ante el Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes, que resuelve la línea de fachadas por concurrencia competitiva y la de accesibilidad por orden de entrada.