Abierta Cierra en 10 días · 30 sept 2026

Convocatoria Contratación Jóvenes Proyectos Investigacion-ikerlan 2026-2027

LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO · PAÍS VASCO · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de Lanbide, el Servicio Vasco de Empleo, dirigida a impulsar la contratación de personas jóvenes en situación de desempleo para que se incorporen a proyectos de investigación en empresas vascas. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva y cuenta con una dotación total de 2.500.000 euros para el conjunto de la convocatoria. El objetivo declarado es el fomento del empleo, combinando la inserción laboral juvenil con el refuerzo de la actividad investigadora en el tejido empresarial vasco.

02

Para quién

Pueden solicitarla, por un lado, personas jurídicas sin actividad económica (por ejemplo centros de investigación o entidades sin ánimo de lucro) y, por otro, pymes y personas físicas que sí desarrollan actividad económica en el País Vasco, siempre que vayan a formalizar la contratación de una persona joven desempleada para un proyecto de investigación.

03

Qué cubre

Financia la contratación temporal de personas jóvenes desempleadas que se incorporen a proyectos de investigación dentro de empresas o entidades vascas. La convocatoria dispone de una dotación total de 2.500.000 euros para el conjunto de contrataciones; el importe concreto de la ayuda por cada contrato no consta en el registro consultado.

04

Cómo se pide

Según el registro, el plazo abarca del 5 de junio al 30 de septiembre de 2026. La solicitud se tramita ante Lanbide (Servicio Vasco de Empleo), conforme al procedimiento fijado en la Resolución de 27 de mayo de 2026 que aprueba esta convocatoria.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Administración pública y de la política…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 10 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.500.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden solicitarla, por un lado, personas jurídicas sin actividad económica (por ejemplo centros de investigación o entidades sin ánimo de lucro) y, por otro, pymes y personas físicas que sí desarrollan actividad económica en el País Vasco, siempre que vayan a formalizar la contratación de una pers… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Según el registro, el plazo abarca del 5 de junio al 30 de septiembre de 2026. La solicitud se tramita ante Lanbide (Servicio Vasco de Empleo), conforme al procedimiento fijado en la Resolución de 27 de mayo de 2026 que aprueba esta convocatoria.