Abierta Cierra en 25 días · 15 oct 2026

Ayudas a entidades asociativas

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE · LA RIOJA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayudas del Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, dirigida a entidades que agrupan a productores del sector agrario para defender intereses comunes y prestar servicios conjuntos. Se tramita en concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y comparan entre sí, no por orden de entrada. Dotación total de 5.400.000 €, regulada por la Orden AGM/5/2024, de 13 de febrero, dentro de la política regional de agricultura, pesca y alimentación.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que ejercen una actividad económica en el sector agrario: agricultura, ganadería, caza y actividades de servicios relacionadas con ellas.

03

Qué cubre

Apoya la actividad de entidades asociativas agrarias dentro de la política de agricultura, pesca y alimentación de La Rioja. El registro no detalla las partidas de gasto subvencionable ni el porcentaje de ayuda aplicable; conviene confirmarlo en las bases reguladoras (Orden AGM/5/2024) antes de solicitar.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar la solicitud finaliza el 15 de octubre de 2026 (la fecha de inicio no consta en el registro). Se tramita ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente de La Rioja, según las bases reguladoras.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Agricultura, ganadería, caza y servicio…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 oct 2026, es decir, quedan 25 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 5.400.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que ejercen una actividad económica en el sector agrario: agricultura, ganadería, caza y actividades de servicios relacionadas con ellas. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para presentar la solicitud finaliza el 15 de octubre de 2026 (la fecha de inicio no consta en el registro). Se tramita ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente de La Rioja, según las bases reguladoras.