Abierta Cierra en 102 días · 31 dic 2026

Ajuts per compensar la paralització temporal d'activitats pesqueres, 1a convocatòria 2025 (FEMPA)

DEPARTAMENT D'AGRICULTURA, RAMADERIA, PESCA I ALIMENTACIÓ · CATALUÑA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de la Generalitat de Catalunya, a través del Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació, para compensar económicamente la paralización temporal de la actividad pesquera, dentro del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA). Va dirigida a los pescadores y pescadoras enrolados en una embarcación de pesca, tanto trabajadores por cuenta ajena como armadores. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva y cuenta con una dotación de 2.423.800 euros para esta primera convocatoria de 2025.

02

Para quién

Pescadores y pescadoras enrolados en una embarcación de pesca del sector pesquero catalán, tanto trabajadores por cuenta ajena como armadores o armadoras, que operen como pyme o como persona física con actividad económica.

03

Qué cubre

Compensación económica por los periodos de paralización temporal de la actividad pesquera, como apoyo a la renta de los profesionales del mar afectados por el parón de la flota. El importe por beneficiario no consta en el registro consultado; la dotación citada es la global asignada a esta convocatoria.

04

Cómo se pide

La solicitud se presenta ante el Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació de la Generalitat de Catalunya, según el plazo que fijen las bases reguladoras de esta primera convocatoria 2025.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Pesca y acuicultura

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 2.423.800 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pescadores y pescadoras enrolados en una embarcación de pesca del sector pesquero catalán, tanto trabajadores por cuenta ajena como armadores o armadoras, que operen como pyme o como persona física con actividad económica. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se presenta ante el Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació de la Generalitat de Catalunya, según el plazo que fijen las bases reguladoras de esta primera convocatoria 2025.