Abierta Cierra en 71 días · 30 nov 2026

Convocatoria plurianual de ayudas a la rehabilitación de interiores de viviendas para incorporar en la bolsa de viviendas de alquiler de Barcelona o en programas de cesión de viviendas del mercado privado para el 2026, con cargo a presupuestos 2026 y 2027

CONSORCIO DE LA VIVIENDA DE BARCELONA · CATALUÑA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayudas del Consorcio de la Vivienda de Barcelona dirigida a propietarios particulares -personas físicas o jurídicas sin actividad económica- que dispongan de una vivienda vacía o necesitada de reforma y estén dispuestos a rehabilitarla para incorporarla después a la bolsa municipal de vivienda de alquiler o a un programa equivalente. Se resuelve en concurrencia competitiva, es decir, comparando las solicitudes entre sí, y forma parte de una convocatoria plurianual con una dotación conjunta de 3.000.000 euros.

02

Para quién

Propietarios particulares de viviendas en Barcelona: tanto personas físicas como personas jurídicas, siempre que no desarrollen actividad económica sobre el inmueble. No está pensada para empresas ni profesionales que exploten la vivienda como negocio.

03

Qué cubre

Cubre las obras de rehabilitación del interior de la vivienda, a cambio de que el propietario la incorpore a la bolsa de alquiler de Barcelona o a un programa equivalente del Consorcio. El registro no detalla partidas concretas ni el importe máximo por vivienda.

04

Cómo se pide

Según el registro, el plazo de esta convocatoria permanece abierto hasta el 30 de noviembre de 2026. La solicitud se presenta ante el Consorcio de la Vivienda de Barcelona, con la documentación y el procedimiento que detallen sus bases reguladoras.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Administración pública y de la política…Alquiler de bienes inmobiliarios por cu…Otros alojamientos

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 nov 2026, es decir, quedan 71 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 3.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Propietarios particulares de viviendas en Barcelona: tanto personas físicas como personas jurídicas, siempre que no desarrollen actividad económica sobre el inmueble. No está pensada para empresas ni profesionales que exploten la vivienda como negocio. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Según el registro, el plazo de esta convocatoria permanece abierto hasta el 30 de noviembre de 2026. La solicitud se presenta ante el Consorcio de la Vivienda de Barcelona, con la documentación y el procedimiento que detallen sus bases reguladoras.