Abierta Cierra en 18 días · 17 sept 2026

Orden de 4 de junio de 2026, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones a la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo de personas en riesgo o situación de exclusión social en empresas de inserción.

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO · CASTILLA Y LEÓN · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de subvenciones de la Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio de la Junta de Castilla y León, dirigida a empresas y autónomos que creen o mantengan puestos de trabajo. Se enmarca en las bases reguladoras de ayudas a la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social, se tramita en concurrencia competitiva y cuenta con una dotación de 635.000 euros para el conjunto de solicitudes en la comunidad.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que ejercen una actividad económica en Castilla y León, en particular en actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas y de entretenimiento, y edición, radiodifusión y producción de contenidos.

03

Qué cubre

Ayudas económicas para la creación y/o el mantenimiento de puestos de trabajo, dentro del fomento del empleo y la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social, según las bases reguladoras de la convocatoria.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud estuvo abierto del 10 de junio al 17 de septiembre de 2026. La solicitud se presenta en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León, siguiendo el procedimiento que fijen las bases reguladoras.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 17 sept 2026, es decir, quedan 18 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 635.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que ejercen una actividad económica en Castilla y León, en particular en actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas y de entretenimiento, y edición, radiodifusión y producción de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de solicitud estuvo abierto del 10 de junio al 17 de septiembre de 2026. La solicitud se presenta en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León, siguiendo el procedimiento que fijen las bases reguladoras.