Abierta Cierra en 833 días · 31 dic 2028

Resolución de 13 de abril de 2026 de la DGIICA, Ayudas para solicitantes que no son Grupos de Desarrollo Rural, previstas en la Orden de 3 de febrero de 2026, ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local LEADER Intervención 7119.2_MINIMIS GRAL

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL · ANDALUCÍA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda autonómica de la Junta de Andalucía, gestionada por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para quienes solicitan financiación ligada a las Estrategias de Desarrollo Local LEADER sin ser ellos mismos un Grupo de Desarrollo Rural. Se tramita como concesión directa, aplicando las bases de la Orden de 3 de febrero de 2026, en régimen de concurrencia no competitiva. La dotación total registrada para esta convocatoria es de 27.656.376,29 €, repartida entre los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía.

02

Para quién

Personas jurídicas sin actividad económica, y pymes o personas físicas con actividad económica, del sector agrario (agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados), que operan en zonas rurales andaluzas con Estrategia de Desarrollo Local LEADER.

03

Qué cubre

Subvenciones y entregas dinerarias sin contraprestación para proyectos enmarcados en la Estrategia de Desarrollo Local LEADER del Grupo de Desarrollo Rural correspondiente, dentro del ámbito de la agricultura, la pesca y la alimentación. El importe concreto por proyecto no consta en el registro; lo fija la resolución de cada Grupo.

04

Cómo se pide

La convocatoria está vigente desde el 23 de abril de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028. El plazo y el procedimiento concretos para presentar la solicitud los fija el Grupo de Desarrollo Rural de tu comarca; consulta sus bases o su oficina.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Agricultura, ganadería, caza y servicio…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2028, es decir, quedan 833 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 27.656.376 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas jurídicas sin actividad económica, y pymes o personas físicas con actividad económica, del sector agrario (agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados), que operan en zonas rurales andaluzas con Estrategia de Desarrollo Local LEADER. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La convocatoria está vigente desde el 23 de abril de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028. El plazo y el procedimiento concretos para presentar la solicitud los fija el Grupo de Desarrollo Rural de tu comarca; consulta sus bases o su oficina.