Abierta Cierra en 63 días · 02 nov 2026

Inteligencia Artificial

AGENCIA VASCA DE DESARROLLO EMPRESARIAL · PAÍS VASCO · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de ayudas de SPRI, la Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, dirigido a proyectos de inteligencia artificial en empresas del País Vasco. Se tramita en concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y comparan entre sí antes de resolver, no basta con llegar antes. La convocatoria cuenta con una dotación total de 11.000.000 euros y sus bases se aprobaron por resolución del director general de SPRI de 26 de febrero de 2026.

02

Para quién

Pueden optar grandes empresas, pymes y personas físicas con actividad económica, especialmente en industria manufacturera, agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, y actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, con actividad en el País Vasco.

03

Qué cubre

Concede una ayuda económica directa (subvención a fondo perdido) para proyectos de inteligencia artificial. El registro no detalla los gastos concretos que financia ni el porcentaje de ayuda por proyecto; ese desglose hay que consultarlo en las bases reguladoras.

04

Cómo se pide

El periodo recogido en el registro va del 24 de marzo al 2 de noviembre de 2026, a confirmar en las bases. La solicitud se presenta ante SPRI, Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, dentro del proceso de concurrencia competitiva.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …INDUSTRIA MANUFACTURERA

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 02 nov 2026, es decir, quedan 63 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 11.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar grandes empresas, pymes y personas físicas con actividad económica, especialmente en industria manufacturera, agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, y actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, con actividad en el País Vasco. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El periodo recogido en el registro va del 24 de marzo al 2 de noviembre de 2026, a confirmar en las bases. La solicitud se presenta ante SPRI, Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, dentro del proceso de concurrencia competitiva.