Abierta Cierra en 15 días · 15 sept 2026

Mec-2026

DEPARTAMENTO DE TURISMO, COMERCIO Y CONSUMO · PAÍS VASCO · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria del Gobierno Vasco, a través del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, para apoyar la modernización de establecimientos comerciales del País Vasco durante 2026. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y priorizan entre sí conforme a los criterios que fijen las bases reguladoras, no por orden de llegada. La dotación total asciende a 4.654.000 euros. No está financiada con fondos Next Generation EU.

02

Para quién

PYME y personas físicas que ejerzan actividad económica en el País Vasco, especialmente en comercio al por menor y en actividades de programación, radiodifusión, agencias de noticias y distribución de contenidos.

03

Qué cubre

Apoya la modernización de establecimientos comerciales. El brief no detalla las partidas de gasto subvencionables ni los porcentajes de ayuda: ese desglose debe consultarse en las bases reguladoras de la orden de convocatoria.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación de solicitudes va del 16 de junio al 15 de septiembre de 2026. La tramitación sigue el procedimiento que fijan las bases reguladoras de la orden del consejero de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades de programación, radiodifus…Comercio al por menor

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 15 sept 2026, es decir, quedan 15 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 4.654.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME y personas físicas que ejerzan actividad económica en el País Vasco, especialmente en comercio al por menor y en actividades de programación, radiodifusión, agencias de noticias y distribución de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo de presentación de solicitudes va del 16 de junio al 15 de septiembre de 2026. La tramitación sigue el procedimiento que fijan las bases reguladoras de la orden del consejero de Turismo, Comercio y Consumo del Gobierno Vasco.