Abierta Cierra en 61 días · 31 oct 2026

Acuerdo AC0000027516 de 18 de marzo de 2026, del Consejo de Gobierno Insular, por el que se convocan Subvenciones para la creación de nuevos proyectos industriales -pymes y autónomos-, correspondientes al año 2026.

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Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Cabildo Insular de Tenerife convoca esta ayuda para apoyar la creación de nuevos proyectos industriales mediante concurrencia competitiva. Con una dotación global de 165.000 euros, la subvención financia iniciativas empresariales en manufactura, agricultura, ganadería, silvicultura, pesca y actividades artísticas o deportivas. El procedimiento selecciona proyectos viables que demuestren capacidad de generar actividad económica y empleo duradero en la isla.

02

Para quién

Pequeñas y medianas empresas (PYME) y personas físicas que desarrollen actividad económica, independientemente de su tamaño, siempre que presenten iniciativas en los sectores convocados: manufactura, agricultura, ganadería, silvicultura, pesca, entretenimiento y deporte.

03

Qué cubre

Financiación para la creación de nuevos proyectos industriales, incluyendo inversión en equipamiento, infraestructura y puesta en marcha de iniciativas empresariales que generen actividad productiva en los sectores elegibles.

04

Cómo se pide

Plazo de solicitud abierto desde el 28 de marzo hasta el 31 de octubre de 2026, según el procedimiento y requisitos fijados en las bases de la convocatoria disponibles en el Cabildo Insular de Tenerife.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …INDUSTRIA MANUFACTURERAINDUSTRIAS EXTRACTIVAS

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 oct 2026, es decir, quedan 61 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 165.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pequeñas y medianas empresas (PYME) y personas físicas que desarrollen actividad económica, independientemente de su tamaño, siempre que presenten iniciativas en los sectores convocados: manufactura, agricultura, ganadería, silvicultura, pesca, entretenimiento y deporte. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo de solicitud abierto desde el 28 de marzo hasta el 31 de octubre de 2026, según el procedimiento y requisitos fijados en las bases de la convocatoria disponibles en el Cabildo Insular de Tenerife.