Resolución de 06/03/2026, de la Vicepresidencia Primera, por la que se publican los créditos que han de financiar las ayudas que se concedan en el ejercicio 2026 en virtud del Decreto 7/2016, de 15/03/2016, por el que se regula la concesión directa de sub
Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.
Qué es
Esta resolución de la Vicepresidencia Primera (Secretaría General de la Presidencia) de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha publica el crédito con el que se financiarán durante 2026 subvenciones de concesión directa y carácter excepcional, tramitadas al amparo del Decreto 7/2016. No es una convocatoria abierta con solicitud libre: es el marco presupuestario, algo más de 3,3 millones de euros, con el que la Junta respalda ayudas puntuales de naturaleza económica que se resuelven caso por caso.
Para quién
Personas físicas y personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. El registro no precisa un colectivo más concreto ni un requisito sectorial adicional; se cataloga de forma genérica como "prestación de servicios a la comunidad en general".
Qué cubre
Actuaciones de carácter económico que la Junta de Castilla-La Mancha decide respaldar de forma directa y excepcional. El registro no detalla partidas de gasto ni conceptos subvencionables concretos: la dotación total asociada es de 3.312.156 euros.
Cómo se pide
Al tratarse de concesión directa de carácter excepcional (Decreto 7/2016), no hay un plazo de solicitud abierto a cualquier interesado: la ayuda se resuelve caso por caso por la Vicepresidencia Primera. El crédito publicado tiene vigencia hasta el 31/12/2026.
Beneficiarios
Sectores (CNAE)
Guías que te ayudan
Qué papeles vas a necesitar
Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.
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Identificación del solicitante
NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.
Identificación del solicitante es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Poder de representación
Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.
Poder de representación es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Estar al corriente con Hacienda
Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.
Estar al corriente con Hacienda es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Estar al corriente con la Seguridad Social
Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.
Estar al corriente con la Seguridad Social es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Memoria del proyecto
Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.
Memoria del proyecto es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Presupuesto detallado
Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.
Presupuesto detallado es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Declaración de otras ayudas (de minimis)
Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.
Declaración de otras ayudas (de minimis) es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Certificado de titularidad bancaria
La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.
Certificado de titularidad bancaria es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
Y después, justificar
Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.
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Facturas y justificantes de pago
La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.
Facturas y justificantes de pago es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Memoria económica
La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.
Memoria económica es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Memoria de actuación
Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.
Memoria de actuación es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Publicidad de la financiación
Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.
Publicidad de la financiación es de las que más se atascan. Podemos prepararlo nosotros para esta convocatoria concreta.
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Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.
¿De cuánto es la ayuda?
Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 3.312.156 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.
¿Quién puede solicitarla?
Personas físicas y personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. El registro no precisa un colectivo más concreto ni un requisito sectorial adicional; se cataloga de forma genérica como "prestación de servicios a la comunidad en general". Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.
¿Cómo se solicita?
Al tratarse de concesión directa de carácter excepcional (Decreto 7/2016), no hay un plazo de solicitud abierto a cualquier interesado: la ayuda se resuelve caso por caso por la Vicepresidencia Primera. El crédito publicado tiene vigencia hasta el 31/12/2026.