Abierta Cierra en 10 días · 30 sept 2026

Ayuda animales de reposición

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE · LA RIOJA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente de La Rioja abre una línea de ayudas para la adquisición de animales de reposición en explotaciones ganaderas. Con una dotación de 200.000 euros, la convocatoria funciona en régimen de concurrencia competitiva, lo que significa que los fondos se distribuyen entre los solicitantes que mejor cumplan los criterios de valoración fijados en las bases. Estas ayudas buscan fortalecer la estructura productiva y competitividad del sector ganadero riojano, apoyando inversiones en reposición de ganado.

02

Para quién

Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en el sector ganadero, con explotaciones dedicadas a la cría y reproducción de animales en La Rioja.

03

Qué cubre

La adquisición de animales de reposición (ganado de cría y reproducción) para las explotaciones ganaderas, conforme a los requisitos técnicos y legales fijados en las bases de la convocatoria.

04

Cómo se pide

Solicitar conforme al plazo que fijen las bases de la convocatoria. Vigencia: octubre 2025 a septiembre 2026. Consulta la convocatoria oficial de la Consejería de Agricultura de La Rioja para exactitud en plazos y procedimiento.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y …

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 10 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 200.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica en el sector ganadero, con explotaciones dedicadas a la cría y reproducción de animales en La Rioja. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicitar conforme al plazo que fijen las bases de la convocatoria. Vigencia: octubre 2025 a septiembre 2026. Consulta la convocatoria oficial de la Consejería de Agricultura de La Rioja para exactitud en plazos y procedimiento.