Abierta Cierra en 61 días · 31 oct 2026

Orden de 19 de febrero de 2026, de la Consejería de Industria, comercio y Empleo por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de costes salariales de trabajadores con discapacidad en los centros especiales de empleo.

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO · CASTILLA Y LEÓN · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Línea de ayudas de la Junta de Castilla y León, gestionada por la Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio, para sufragar parte del coste salarial de los puestos ocupados por personas con discapacidad en centros especiales de empleo. Se tramita como concesión directa, sin concurrencia competitiva, con una dotación de 29.420.000 euros para esta convocatoria. Las bases reguladoras están fijadas en la Orden IEM/1171/2023, de 28 de septiembre.

02

Para quién

Pymes y personas físicas con actividad económica que sean titulares de centros especiales de empleo en Castilla y León, con independencia de su sector: industria, comercio, hostelería, construcción, servicios profesionales, agricultura, transporte, entre otros.

03

Qué cubre

Financia parte del coste salarial de los trabajadores con discapacidad contratados en centros especiales de empleo, como apoyo al mantenimiento de sus puestos de trabajo.

04

Cómo se pide

Al ser concesión directa, no hay concurrencia competitiva: la solicitud se presenta según el procedimiento y el plazo que fije la propia orden, ante la Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio de Castilla y León.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 oct 2026, es decir, quedan 61 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 29.420.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas con actividad económica que sean titulares de centros especiales de empleo en Castilla y León, con independencia de su sector: industria, comercio, hostelería, construcción, servicios profesionales, agricultura, transporte, entre otros. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Al ser concesión directa, no hay concurrencia competitiva: la solicitud se presenta según el procedimiento y el plazo que fije la propia orden, ante la Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio de Castilla y León.