Cerrada Hasta 31 jul 2026

Convocatoria de subvenciones del programa El Prat Emprèn de soporte al inicio de una nueva actividad económica.

AYUNTAMIENTO DE PRAT DE LLOBREGAT, EL · PRAT DE LLOBREGAT, EL · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de ayudas del Ayuntamiento de El Prat de Llobregat dirigido a fortalecer el autoempleo mediante el apoyo a nuevas actividades económicas. Se conceden mediante concurrencia competitiva hasta una dotación total de 106.000 euros. Cubre iniciativas empresariales en el periodo 2024-2027, promoviendo la generación de empleo local en sectores administrativos, culturales y de contenidos.

02

Para quién

PYME y trabajadores autónomos que inicien una nueva actividad económica dentro del término municipal de El Prat de Llobregat. Sectores elegibles: servicios administrativos, actividades artísticas, deportivas, de entretenimiento, edición, radiodifusión y producción de contenidos.

03

Qué cubre

Financiación de la puesta en marcha de nuevas actividades económicas como herramienta de lucha contra el desempleo y fomento del autoempleo local.

04

Cómo se pide

Plazo de presentación hasta 31 de julio de 2026. Las solicitudes se cursan ante el Área de Desarrollo Económica del Ayuntamiento de El Prat de Llobregat de acuerdo a las bases reguladoras publicadas.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS…ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROSACTIVIDADES INMOBILIARIASACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS …ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGUR…COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 31 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 106.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

PYME y trabajadores autónomos que inicien una nueva actividad económica dentro del término municipal de El Prat de Llobregat. Sectores elegibles: servicios administrativos, actividades artísticas, deportivas, de entretenimiento, edición, radiodifusión y producción de contenidos. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): Las solicitudes se cursan ante el Área de Desarrollo Económica del Ayuntamiento de El Prat de Llobregat de acuerdo a las bases reguladoras publicadas.