Abierta Cierra en 31 días · 30 sept 2026

Orde do 30 de decembro de 2025, pola que se establecen as bases reguladoras dos programas de axuda ás persoas traballadoras autónomas, TR790A

CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Programa de ayudas de la Xunta de Galicia (Consellería de Emprego, Comercio e Emigración) para impulsar el trabajo por cuenta propia en la comunidad. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y priorizan conforme a los criterios que fijen las bases, no por orden de entrada. La convocatoria cuenta con una dotación de 1.435.000 euros y se enmarca en las políticas de fomento del empleo de Galicia. Bases reguladoras: Orde do 30 de decembro de 2025 (procedimiento TR790A).

02

Para quién

Pymes y personas físicas que ejercen una actividad económica por cuenta propia (autónomos) en Galicia. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; actividades auxiliares a servicios financieros y de seguros; y actividades de alquiler.

03

Qué cubre

Ayudas encuadradas en el fomento del empleo autónomo en Galicia, con una dotación total de 1.435.000 euros para el conjunto de la convocatoria. El registro no detalla en esta ficha los conceptos concretos que financia ni el importe que corresponde a cada persona beneficiaria.

04

Cómo se pide

La solicitud puede presentarse entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2026, según lo establecido en la Orde do 30 de decembro de 2025 (procedimiento TR790A), por los canales que indique la Xunta de Galicia.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE…Actividades auxiliares a los servicios …Actividades de alquilerACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y…ACTIVIDADES DE LOS HOGARES COMO EMPLEAD…ACTIVIDADES INMOBILIARIASActividades jurídicas y de contabilidadACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

0 de 12 marcados

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 31 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.435.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas que ejercen una actividad económica por cuenta propia (autónomos) en Galicia. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento; actividades auxiliares a servicios financieros y de seguros; y actividades de alquil… Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud puede presentarse entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2026, según lo establecido en la Orde do 30 de decembro de 2025 (procedimiento TR790A), por los canales que indique la Xunta de Galicia.