Abierta Cierra en 102 días · 31 dic 2026

ORDE do 29 de decembro de 2025 pola que se establecen as bases reguladoras das axudas para o fomento da contratación dos seguros agrarios na Comunidade Autónoma de Galicia e se convocan para o ano 2026 (Código de procedemento MR443A)

CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL · GALICIA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria de la Consellería do Medio Rural de la Xunta de Galicia para 2026 que apoya la contratación de seguros agrarios en el sector agrícola, ganadero, forestal y de acuicultura de la comunidad autónoma. Se tramita como concesión directa, sin concurrencia competitiva, dentro del procedimiento MR443A, y cuenta con una dotación total de 9.500.000 euros para el conjunto de la convocatoria en 2026.

02

Para quién

Pymes y personas físicas con actividad económica en Galicia en sectores como cultivos (perennes y no perennes), producción ganadera, acuicultura, pesca o propagación de plantas, que contraten o tengan previsto contratar una póliza de seguro agrario.

03

Qué cubre

Apoyo económico, en forma de subvención y entrega dineraria sin contraprestación, para facilitar la contratación de seguros agrarios agrícolas, ganaderos, forestales o de acuicultura. El registro no detalla el porcentaje o importe concreto que corresponde a cada beneficiario.

04

Cómo se pide

Vigente del 16 de enero al 31 de diciembre de 2026, tramitada por la Consellería do Medio Rural (Xunta de Galicia) bajo el procedimiento MR443A. Al ser concesión directa, conviene revisar la orden reguladora para el canal exacto de solicitud.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades de apoyo a la agricultura, …Actividades de apoyo a la pesca y la ac…AcuiculturaCultivos no perennesCultivos perennesProducción agrícola combinada con la pr…Propagación de plantas

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 31 dic 2026, es decir, quedan 102 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 9.500.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pymes y personas físicas con actividad económica en Galicia en sectores como cultivos (perennes y no perennes), producción ganadera, acuicultura, pesca o propagación de plantas, que contraten o tengan previsto contratar una póliza de seguro agrario. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Vigente del 16 de enero al 31 de diciembre de 2026, tramitada por la Consellería do Medio Rural (Xunta de Galicia) bajo el procedimiento MR443A. Al ser concesión directa, conviene revisar la orden reguladora para el canal exacto de solicitud.