Cerrada Hasta 09 sept 2026

Subvenciones para el apoyo a la ocupación de personas trabajadoras con discapacidad en centros especiales de empleo (L1- Apoyo salarial a personas con discapacidad contratadas en centros especiales de empleo), para el año 2026 (CETS) -L1 (anticipada)

DEPARTAMENT D'EMPRESA I TREBALL · CATALUÑA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda del Departament d'Empresa i Treball de la Generalitat de Catalunya para sostener el empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo, financiando parte del coste salarial de esos puestos de trabajo. Es la línea L1 de apoyo salarial de la convocatoria CETS para el año 2026, gestionada en Cataluña bajo el régimen de concurrencia competitiva. Cuenta con una dotación de 110.000.000 euros y se rige por las bases aprobadas en la Orden EMT/109/2025, de 30 de junio.

02

Para quién

Centros especiales de empleo (pymes y personas físicas con actividad económica) que tengan contratadas a personas trabajadoras con discapacidad, principalmente en el ámbito de las actividades sanitarias y de servicios sociales.

03

Qué cubre

Apoyo salarial: financiación de parte del coste laboral de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en el centro especial de empleo, dentro de la línea L1 de la convocatoria CETS 2026.

04

Cómo se pide

La solicitud se presenta ante el Departament d'Empresa i Treball, dentro del plazo que fijen las bases y la convocatoria (entre el 21 de enero y el 9 de septiembre de 2026), por vía telemática según el procedimiento que establezca la Generalitat.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 09 sept 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 110.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Centros especiales de empleo (pymes y personas físicas con actividad económica) que tengan contratadas a personas trabajadoras con discapacidad, principalmente en el ámbito de las actividades sanitarias y de servicios sociales. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.