Abierta Cierra en 27 días · 21 sept 2026

Subvenciones destinadas a los entes locales para la realización de actuaciones para la mejora de la red de suministro de agua en baja y digitalización de sistemas

AGÈNCIA CATALANA DE L'AIGUA (ACA) · CATALUÑA · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una línea de subvenciones convocada por la Agència Catalana de l'Aigua (ACA), organismo autonómico adscrito a la Generalitat de Catalunya, dirigida a financiar obras de mejora en las redes municipales de distribución de agua en baja y proyectos de digitalización de la gestión hídrica. La convocatoria se resuelve en régimen de concurrencia competitiva y cuenta con una dotación total de 3.000.000 de euros para el conjunto de solicitudes presentadas.

02

Para quién

Pueden acogerse los entes locales de Cataluña -ayuntamientos, consejos comarcales y otras entidades municipales- responsables de la gestión del abastecimiento de agua en su territorio.

03

Qué cubre

La ayuda cubre actuaciones sobre la red de suministro en baja, como renovación o mejora de tuberías, y la incorporación de sistemas de digitalización que permitan un control más eficiente del ciclo del agua, como telelectura o sensorización de la red.

04

Cómo se pide

El plazo para presentar solicitudes finaliza el 21 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza ante la Agència Catalana de l'Aigua, conforme al procedimiento y la documentación que fijan las bases reguladoras.

Beneficiarios

GRAN EMPRESAPERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Captación, depuración y distribución de…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 21 sept 2026, es decir, quedan 27 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 3.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden acogerse los entes locales de Cataluña -ayuntamientos, consejos comarcales y otras entidades municipales- responsables de la gestión del abastecimiento de agua en su territorio. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo para presentar solicitudes finaliza el 21 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza ante la Agència Catalana de l'Aigua, conforme al procedimiento y la documentación que fijan las bases reguladoras.