Abierta Cierra en 85 días · 14 dic 2026

Bases de la Convocatoria 2026 de Subvencion para la Concesion de Ayudas en Especie para la Participación en el Programa Social Mejor Comemos en Casa

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ · TORREJÓN DE ARDOZ · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz para la concesión de ayudas en especie destinadas a facilitar la participación de personas en el programa social Mejor Comemos en Casa. Se trata de una subvención en régimen de concurrencia competitiva, con un presupuesto total de 92.699,09 euros. Las bases reguladoras establecen los criterios, condiciones y procedimiento de solicitud y adjudicación.

02

Para quién

Personas físicas que no desarrollan actividad económica (trabajadores por cuenta ajena, desempleados, pensionistas, estudiantes y otras personas sin ingresos de actividad profesional o empresarial).

03

Qué cubre

Aportación de ayudas en especie para facilitar la participación en el programa social Mejor Comemos en Casa, iniciativa de promoción social y acceso a recursos de alimentación en el municipio.

04

Cómo se pide

Solicitar ante el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz conforme a los plazos y procedimiento recogidos en las bases reguladoras. Plazo de solicitud hasta el 14 de diciembre de 2026. Consultar las bases en el portal del ayuntamiento para detalles sobre documentación requerida y tramitación.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 14 dic 2026, es decir, quedan 85 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 92.699 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas que no desarrollan actividad económica (trabajadores por cuenta ajena, desempleados, pensionistas, estudiantes y otras personas sin ingresos de actividad profesional o empresarial). Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Solicitar ante el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz conforme a los plazos y procedimiento recogidos en las bases reguladoras. Plazo de solicitud hasta el 14 de diciembre de 2026. Consultar las bases en el portal del ayuntamiento para detalles sobre documentación requerida y tramitación.