Abierta Cierra en 89 días · 18 dic 2026

Convocatoria 2026, para la Concesion de Prestaciones y Ayudas Sociales en Especie del Ayuntamiento de Torrejon de Ardoz

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ · TORREJÓN DE ARDOZ · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz convoca para 2026 sus prestaciones y ayudas sociales, gestionadas por la Concejalía de Bienestar Social. Se conceden de forma directa, sin concurrencia competitiva, y cuentan con una dotación de 550.000 euros. Buscan atender necesidades de vecinos en situación de vulnerabilidad, dentro del área de servicios sociales y promoción social del municipio.

02

Para quién

Personas físicas empadronadas en Torrejón de Ardoz que no ejerzan actividad económica y se encuentren en situación de necesidad social, según valoren los servicios sociales municipales.

03

Qué cubre

Prestaciones y ayudas sociales del Ayuntamiento, enmarcadas en servicios sociales y educación. El brief no detalla las partidas concretas ni si son en metálico o en especie; ese desglose consta en las bases reguladoras de la Concejalía de Bienestar Social.

04

Cómo se pide

La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, a través de la Concejalía de Bienestar Social, hasta el 18 de diciembre de 2026. El brief no especifica canal ni documentación; consulte las bases reguladoras para el procedimiento exacto.

Beneficiarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACT…

Sectores (CNAE)

ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS S…EDUCACIÓN

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 18 dic 2026, es decir, quedan 89 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 550.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas físicas empadronadas en Torrejón de Ardoz que no ejerzan actividad económica y se encuentren en situación de necesidad social, según valoren los servicios sociales municipales. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

La solicitud se presenta ante el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, a través de la Concejalía de Bienestar Social, hasta el 18 de diciembre de 2026. El brief no especifica canal ni documentación; consulte las bases reguladoras para el procedimiento exacto.