Cerrada Hasta 06 ago 2026

GC Convocatoria de subvenciones para el año 2026, dirigida a Asociaciones Empresariales de la isla de Gran Canaria, para el fomento del asociacionismo empresarial mediante la contratación de personal.

CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA · CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria del Cabildo de Gran Canaria que reparte ayudas entre las asociaciones empresariales de la isla para que puedan reforzar su estructura y su actividad de representación del tejido empresarial insular. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva, siguiendo la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo, y dispone de una dotación total de 300.000 euros para el conjunto de la convocatoria.

02

Para quién

Asociaciones empresariales de la isla de Gran Canaria constituidas como personas jurídicas sin actividad económica propia, es decir, entidades representativas del sector, no empresas individuales.

03

Qué cubre

Ayuda económica para el funcionamiento y las actividades propias de la asociación empresarial beneficiaria. El registro no detalla partidas o conceptos concretos; la dotación conjunta de la convocatoria es de 300.000 euros, repartidos entre todas las solicitudes aprobadas.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud está abierto del 18 de julio al 6 de agosto de 2026. La solicitud se presenta según el procedimiento que fije la convocatoria, conforme a la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades asociativas

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 06 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 300.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Asociaciones empresariales de la isla de Gran Canaria constituidas como personas jurídicas sin actividad económica propia, es decir, entidades representativas del sector, no empresas individuales. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La solicitud se presenta según el procedimiento que fije la convocatoria, conforme a la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.