Cerrada Hasta 07 ago 2026

Ayudas económicas para el apoyo a actividades culturales en relación con la edición de publicaciones, la promoción cultural y las escuelas municipales de música, año 2026

CONSELL INSULAR DE IBIZA · CONSELL INSULAR D’EIVISSA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una convocatoria de concurrencia competitiva impulsada por el Consell Insular d'Eivissa, dentro de su Plan Estratégico de Subvenciones 2026-2028, para financiar proyectos culturales en la isla. La dotación total asciende a 310.000 euros, repartidos entre iniciativas de edición de publicaciones, actividades de promoción cultural y el sostenimiento de las escuelas municipales de música. Al tratarse de concurrencia competitiva, las solicitudes se valoran y comparan entre sí antes de resolver el reparto.

02

Para quién

Pueden optar pequeñas y medianas empresas y personas físicas con actividad económica en marcha, especialmente del ámbito de la creación artística y las artes escénicas en Eivissa y Formentera.

03

Qué cubre

La ayuda cubre gastos ligados a la edición de publicaciones culturales, la organización de actividades de promoción cultural y el mantenimiento de las escuelas municipales de música, mediante una entrega dineraria directa sin contraprestación.

04

Cómo se pide

El plazo de presentación de solicitudes está previsto del 16 de julio al 7 de agosto de 2026, a tramitar ante el Consell Insular d'Eivissa según el procedimiento que fije la convocatoria.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Actividades de creación artística y art…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 07 ago 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 310.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar pequeñas y medianas empresas y personas físicas con actividad económica en marcha, especialmente del ámbito de la creación artística y las artes escénicas en Eivissa y Formentera. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.