Abierta Cierra en 10 días · 30 sept 2026

Bases específicas reguladoras de la convocatoria de ayudas económicas a entidades juveniles sin ánimo de lucro, a escuelas de tiempo libre infantil y juvenil, a clubes náuticos que tienen su ámbito de actuación en la isla de Eivissa, y para la organizació

CONSELL INSULAR DE IBIZA · CONSELL INSULAR D’EIVISSA · LOCAL
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Convocatoria abierta por el Consell Insular de Ibiza (Baleares) destinada a reforzar el funcionamiento de entidades sin ánimo de lucro del sector juvenil y de ocio. Dirigida a organizaciones que desarrollan actividades de formación, tiempo libre infantil y juvenil, así como actividades recreativas complementarias como clubes náuticos. La ayuda se distribuye mediante concurrencia competitiva entre los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos. Dotación total: 165.000 euros.

02

Para quién

Personas jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollan actividades de educación en tiempo libre, formación juvenil o entretenimiento recreativo (incluidas escuelas de tiempo libre infantil y juvenil, clubes náuticos y entidades similares), siempre que tengan presencia o ámbito de actividad en Ibiza.

03

Qué cubre

Prestaciones económicas para el sostenimiento y desarrollo de las entidades, orientadas a consolidar sus capacidades operativas y asegurar la continuidad de los programas y actividades dirigidas a la juventud y comunidad local.

04

Cómo se pide

Plazo de solicitud: 23 de junio a 30 de septiembre de 2026. El procedimiento de presentación y requisitos específicos se detallan en las bases reguladoras de la convocatoria, disponibles en el Consell Insular de Ibiza.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

Actividades de creación artística y art…Otras actividades recreativas y de entr…

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 30 sept 2026, es decir, quedan 10 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 165.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Personas jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollan actividades de educación en tiempo libre, formación juvenil o entretenimiento recreativo (incluidas escuelas de tiempo libre infantil y juvenil, clubes náuticos y entidades similares), siempre que tengan presencia o ámbito de actividad en Ibiza. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

Plazo de solicitud: 23 de junio a 30 de septiembre de 2026. El procedimiento de presentación y requisitos específicos se detallan en las bases reguladoras de la convocatoria, disponibles en el Consell Insular de Ibiza.