Cerrada Hasta 29 jul 2026

Para Paliar Efectos Crisis Económica Oriente Medio Decreto Ley 1/2026, de 1 de Abril

DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD · ILLES BALEARS · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Se trata de una subvención autonómica impulsada por la Dirección General de Movilidad de las Illes Balears, aprobada al amparo del Decreto Ley 1/2026, de 1 de abril, con el objetivo de amortiguar el impacto de la crisis económica de Oriente Medio en el sector del transporte. Se tramita en concurrencia competitiva y cuenta con una dotación total de 1.000.000 €. Al acogerse al reglamento de minimis (UE 2023/2831), la ayuda concedida computa dentro de los límites que cada beneficiario tiene disponibles por este régimen.

02

Para quién

Pueden optar pequeñas y medianas empresas, así como personas físicas que ejerzan una actividad económica, siempre que operen en el sector del transporte terrestre y por tubería y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de las Illes Balears.

03

Qué cubre

La ayuda se instrumenta como subvención directa (entrega dineraria sin contraprestación) destinada a paliar los efectos económicos que la crisis de Oriente Medio ha generado en la actividad del transporte. El JSON de origen no detalla el importe individual por beneficiario ni el desglose de gastos subvencionables; esos extremos figuran en las bases reguladoras y la convocatoria oficial.

04

Cómo se pide

El plazo de solicitud está abierto del 9 al 29 de julio de 2026. La presentación se realiza según el procedimiento que fije la Dirección General de Movilidad del Govern balear en la convocatoria; conviene consultar las bases oficiales para conocer el canal exacto y la documentación requerida.

Beneficiarios

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN…

Sectores (CNAE)

Transporte terrestre y por tubería

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede solicitar?

No. El plazo de solicitud finalizó el 29 jul 2026 y las solicitudes presentadas fuera de plazo se inadmiten. Sí se podía solicitar: lo que ha pasado es que el plazo se ha cerrado. Muchas convocatorias se repiten cada año, así que comprueba en las bases oficiales si hay nueva edición (o pídenos que te avisemos).

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 1.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Pueden optar pequeñas y medianas empresas, así como personas físicas que ejerzan una actividad económica, siempre que operen en el sector del transporte terrestre y por tubería y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de las Illes Balears. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo ya está cerrado, pero así se tramitaba (y así se tramitará si hay nueva edición): La presentación se realiza según el procedimiento que fije la Dirección General de Movilidad del Govern balear en la convocatoria; conviene consultar las bases oficiales para conocer el canal exacto y la documentación requerida.