Abierta Cierra en 19 días · 09 oct 2026

Subvención Costes Salariales en Centros Especiales de Empleo

DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, ECONOMÍA SOCIAL Y SALUD LABORAL · ILLES BALEARS · AUTONOMICA
Lo esencial, en claro

Resumen elaborado por Summum a partir de la convocatoria oficial. No sustituye a las bases: ante cualquier duda, prevalece el texto publicado.

01

Qué es

Ayuda autonómica del Govern de les Illes Balears para sufragar costes salariales de los centros especiales de empleo (CEE) que operan en la comunidad. La convoca la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Salud Laboral y se resuelve por concurrencia competitiva: las solicitudes se valoran y comparan entre sí según los criterios de las bases, no basta con cumplirlos para obtener la ayuda. La convocatoria cuenta con una dotación global de 12.000.000 EUR para el conjunto de beneficiarios. No forma parte de los fondos Next Generation EU.

02

Para quién

Centros especiales de empleo constituidos como personas jurídicas que, según el registro de la convocatoria, no desarrollan actividad económica propia, encuadrados en los sectores de servicios (código T) y de transporte y almacenamiento (código H), con actividad en las Illes Balears.

03

Qué cubre

Financia costes salariales de los puestos de trabajo en los centros especiales de empleo beneficiarios, al amparo de las bases reguladoras de subvenciones de Trabajo del Govern balear.

04

Cómo se pide

El plazo finaliza el 9 de octubre de 2026. La fecha de apertura no consta en el registro: conviene confirmarla en las bases reguladoras de subvenciones de Trabajo antes de preparar la documentación.

Beneficiarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN A…

Sectores (CNAE)

OTROS SERVICIOSTRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO

Qué papeles vas a necesitar

Estos son los requisitos habituales, no la lista oficial de esta convocatoria: todavía no la hemos extraído de sus bases, y no vamos a decirte que la tenemos si no la tenemos. Confírmalos en las bases oficiales de esta convocatoria.

  • Identificación del solicitante

    NIF de la empresa o DNI del autónomo, y escritura de constitución si es sociedad.

  • Poder de representación

    Quien firma tiene que poder firmar: poder notarial o certificado de representante.

  • Estar al corriente con Hacienda

    Certificado de la AEAT. Caduca a los seis meses, así que no lo pidas demasiado pronto.

  • Estar al corriente con la Seguridad Social

    Certificado de la TGSS. Una deuda aplazada suele valer, pero hay que declararla.

  • Memoria del proyecto

    Qué vas a hacer, para qué, con qué calendario y qué resultados esperas. Es lo que de verdad puntúa.

  • Presupuesto detallado

    Facturas proforma o presupuestos de los proveedores, desglosados por partida.

  • Declaración de otras ayudas (de minimis)

    Las ayudas que ya has recibido en los tres últimos ejercicios. Ocultarlas es motivo de reintegro.

  • Certificado de titularidad bancaria

    La cuenta donde te ingresarían la ayuda, a nombre del solicitante.

Y después, justificar

Conceder no es cobrar. Aquí es donde se pierden los expedientes ya ganados: si los gastos no cuadran o se pasa el plazo de justificación, hay que devolver el dinero con intereses. Nadie más te avisa de esto.

  • Facturas y justificantes de pago

    La factura sola no vale: hace falta el justificante de que está PAGADA, y dentro del periodo subvencionable.

  • Memoria económica

    La relación clasificada de gastos, cuadrada al céntimo con el presupuesto aprobado.

  • Memoria de actuación

    Qué hiciste de verdad, frente a lo que dijiste que harías. Las desviaciones hay que explicarlas.

  • Publicidad de la financiación

    Muchas convocatorias obligan a decir públicamente que el proyecto está subvencionado. Olvidarlo cuesta el reintegro.

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Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo está abierto y se puede solicitar hasta el 09 oct 2026, es decir, quedan 19 días. Ante cualquier duda prevalece el plazo publicado en las bases oficiales.

¿De cuánto es la ayuda?

Según los datos oficiales, el importe asociado a esta convocatoria es de 12.000.000 €. Consulta en las bases el detalle y los límites por beneficiario.

¿Quién puede solicitarla?

Centros especiales de empleo constituidos como personas jurídicas que, según el registro de la convocatoria, no desarrollan actividad económica propia, encuadrados en los sectores de servicios (código T) y de transporte y almacenamiento (código H), con actividad en las Illes Balears. Revisa los requisitos completos en las bases oficiales.

¿Cómo se solicita?

El plazo finaliza el 9 de octubre de 2026. La fecha de apertura no consta en el registro: conviene confirmarla en las bases reguladoras de subvenciones de Trabajo antes de preparar la documentación.